La Cámara del Trabajo (Sala V), confirmando la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado nº 72, ha resuelto que la decisión de las autoridades salientes de la TVP (Hernán Lombardi, Emilio Lafferriere, Néstor Sclauzero), por la que dejaron de abonar el Adicional Art . 71 CCT 124/75 y horas extras fijas diarias al 100%%, a los trabajadores de prensa del canal representados por SiPreBA fue arbitraria y por lo tanto nula.
Con la confirmación de la Cámara, ha quedado firme la sentencia por lo que corresponde abonar las diferencias salariales a los actores, en concepto de dichos adicionales, con más su incidencia en el SAC y vacaciones, y los intereses legales, las que deberán ser calculados, de modo mensual, de la misma forma en la que se venían calculando hasta el mes de enero de 2018, cuando se dejaron de abonar, sobre todos los rubros remuneratorios.
La decisión de la Justicia pone en evidencia el ilegal proceder de quienes estuvieron a cargo de la Dirección de RTA S.E., y en particular las autoridades de Canal 7, y da la razón a la Comisión Interna de SiPreBA que ha venido reclamando en todas las instancias y por todos los medios, incluidos estos reclamos judiciales llevados adelante por uno de los abogados del sindicato Guillermo Gianibelli.
Tal como hemos venido sosteniendo no había posibilidad de la empleadora de desconocer la vigencia del CCT 124/75 y sus modificaciones, como que tampoco se podía alterar el régimen salarial y horario de los trabajadores de prensa del Canal.
Un nuevo revés judicial para la gestión que encabezó Hernán Lombardi y un nuevo triunfo para lxs trabajadorxs de prensa y el SiPreBA.