El Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8 sobreseyó a Gustavo Arribas, Silvia Majdalani, Martín Coste y Carlos Tonelli Banfi en la causa que investigaba tareas de inteligencia ilegal realizadas por la AFI sobre periodistas, y también sobre académicos, activistas y organizaciones sociales, en el contexto de la Conferencia Ministerial de la OMC de 2017 y de la cumbre del G20 del 2018. La investigación, sin embargo, se inició en 2020 cuando se encontraron en dependencias de la AFI cientos de fichas con información sobre opiniones políticas, publicaciones en redes sociales, pertenencia a organizaciones, vínculos y otros datos personales.
El juez Martínez de Giorgi consideró que esas tareas estaban justificadas por razones de seguridad vinculadas con la realización de las cumbres. También, que la información no fue recolectada por las opiniones políticas o la pertenencia partidaria, social o sindical de las personas investigadas y que, por lo tanto, no se habría violado la Ley de Inteligencia. Esta interpretación es especialmente preocupante: convierte el contexto de un evento internacional y sus necesidades de seguridad en justificación suficiente para relevar y sistematizar información sobre opiniones y actividades políticas y sociales.
Este sobreseimiento se suma a otras decisiones que en los últimos años fueron cerrando investigaciones sobre prácticas ilegales de inteligencia. En 2025, la Corte Suprema dejó firme el sobreseimiento de Mauricio Macri, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani en la causa por la vigilancia a familiares de los tripulantes del ARA San Juan. Ese criterio comenzó a proyectarse sobre otras investigaciones: en junio de este año, la fiscalía pidió el sobreseimiento de Arribas y otros 27 imputados en la causa conocida como Proyecto AMBA, que investigaba el despliegue de bases de la AFI en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires, y utilizó como fundamento precisamente el fallo sobre el ARA San Juan. Se consolida así un criterio que corre los límites de la democracia: la apelación a la seguridad nacional no puede ser una habilitación absoluta a que los organismos de inteligencia recolecten información sobre las opiniones y actividades políticas, sociales o periodísticas de las personas.
Vamos a apelar esta resolución. Frente al funcionamiento ilegal de los servicios de inteligencia urge investigar estas prácticas, establecer responsabilidades y sostener la prohibición de que el aparato de inteligencia sea usado para vigilar la participación política y social.
Comunicado SIPREBA / CELS
















